P.A.1: Consumo y Tenencia de Drogas en Vía Pública.
Siendo las 17:00 horas, usted y su compañero patrullan a pie una plaza pública en la zona centro del municipio.
Observan a un varón, de 30 años, sentado en un banco y fumando lo que a primera vista parece ser un cigarrillo de liar con hachís.
Al acercarse, el sujeto accede a la intervención, momento en el que se percibe el olor característico de la combustión de cannabis. Tras requerirle que muestre sus pertenencias, se localiza en su bolsillo una pequeña dosis de 2 gramos de hachís envuelta en papel de aluminio.
El sujeto confirma que la sustancia es para su autoconsumo y no hay otros indicios de tráfico de drogas ni otras circunstancias que generen una segunda intervención.
Redacción.
Siendo las 17:00 horas, durante el ejercicio de nuestras funciones de vigilancia y seguridad ciudadana en una plaza pública del centro del municipio, observamos a un varón sentado en un banco que manipulaba y fumaba un cigarrillo de liar que, por su olor y apariencia, parecía contener una sustancia estupefaciente, presumiblemente hachís. Nos aproximamos de forma discreta y, tras identificarnos como agentes de la Policía Local, solicitamos su colaboración para proceder a su identificación conforme al artículo 16 de la Ley Orgánica 4/2015, de Protección de la Seguridad Ciudadana, al considerar que su comportamiento podía constituir una infracción administrativa relacionada con el consumo o tenencia de sustancias estupefacientes en vía pública. El varón, de 30 años de edad, accede voluntariamente a mostrar su DNI, del cual tomamos nota de su nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nombre del padre y de la madre, domicilio a efectos de notificación y número de teléfono de contacto. Asimismo, y ante la persistencia del olor a cannabis, le solicitamos que nos mostrara el contenido de sus bolsillos, accediendo de manera voluntaria, procediendo conforme al artículo 20 de la LO 4/2015, en el marco de una actuación preventiva de infracción administrativa. Entre sus pertenencias se localiza un envoltorio de papel de aluminio que contenía una pequeña cantidad de hachís, que él mismo reconoce como suya y destinada exclusivamente para autoconsumo. Procedemos a la aprehensión de la sustancia, conforme al artículo 36.16 de la Ley Orgánica 4/2015, al tratarse de una infracción administrativa por tenencia de drogas en vía pública, iniciando propuesta de sanción y levantando acta de intervención en la que se detallan lugar, hora, los hechos observados, los datos del sujeto, la sustancia intervenida, su peso aproximado (2 gramos) y su presentación, invitándole a firmarla, sin que esté obligado a hacerlo. Finalizada la intervención, informamos al sujeto del procedimiento administrativo correspondiente y del derecho que le asiste a presentar alegaciones, entregándole copia del acta.
