P.T.5: Exceso Ocupación sin SRI.

Supuesto Práctico

Siendo las 17:30 horas, usted y su compañero se encuentran realizando un control preventivo de seguridad vial en una de las vías principales de acceso al centro urbano.

​Observan un turismo de 5 plazas, matrícula [XXXX-YYY], en el que a simple vista se aprecia un exceso de pasajeros. Tras proceder a su detención, constatan los siguientes hechos:

  1. ​En el vehículo viajan un total de 7 personas (el conductor y un acompañante en los asientos delanteros, y 5 personas en los asientos traseros).
  2. ​Entre los ocupantes traseros se encuentra una mujer que sostiene en sus brazos a un bebé de 3 meses, sin utilizar ningún tipo de Sistema de Retención Infantil (SRI).
  3. ​El vehículo tiene autorizadas un máximo de 5 plazas en su tarjeta de inspección técnica.

​El conductor, D [Nombre del Conductor], manifiesta que «vienen de una celebración familiar y que el trayecto es muy corto, apenas dos calles».

Redacción.

En ejercicio de nuestras funciones de vigilancia del tráfico y prevención de la seguridad vial (artículo 53.1.b de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad), a las 17:30 horas se establece un control preventivo de seguridad vial en una de las principales vías de acceso al centro urbano.

Durante el mismo, se detecta un vehículo turismo de 5 plazas, matrícula [XXXX-YYY], en el que, a simple vista, se observa un número excesivo de ocupantes.

Se procede a la detención del vehículo de forma segura, identificándonos como agentes de la autoridad y requiriendo la identificación del conductor, D [Nombre del Conductor], conforme al artículo 16 de la LO 4/2015, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Una vez detenido el vehículo, se constata que viajan 7 personas: dos en los asientos delanteros (conductor y copiloto) y cinco adultos en los asientos traseros, entre los cuales se encuentra una mujer que sostiene en brazos a un bebé de tres meses, sin ningún tipo de sistema de retención infantil (SRI) habilitado.

Consultada la Tarjeta de Inspección Técnica, se confirma que el vehículo está homologado para un máximo de 5 plazas, por lo que existe un exceso de dos ocupantes.

D [Nombre del Conductor] manifiesta que "vienen de una celebración familiar y que solo recorrerían dos calles", lo cual no exime de responsabilidad ni reduce el riesgo.

Ante la evidente situación de riesgo para los ocupantes, especialmente el lactante, se le informa al conductor de las siguientes infracciones al Reglamento General de Circulación:

Exceso de ocupación: Circular con un número de personas superior al autorizado (7 en un vehículo de 5 plazas).

Se tipifica como infracción grave al artículo 9.1 del RGCir y artículo 76.ñ de la LSV.

Falta de sistema de retención infantil (SRI): Transporte de menor sin dispositivo obligatorio.

Infracción grave conforme al artículo 117 del RGCir y artículo 76.h de la LSV, con pérdida de 4 puntos del permiso de conducción.

Conforme al artículo 104.1.a de la Ley de Seguridad Vial, y por concurrir circunstancias que comprometen gravemente la seguridad, se decreta la inmovilización del vehículo, debiendo cesar la causa que la motiva:

Los dos ocupantes de más deben abandonar el vehículo.

El bebé no puede continuar el trayecto sin SRI homologado, en sentido contrario a la marcha, conforme a la normativa aplicable.

Se ofrece al conductor y ocupantes la posibilidad de organizar transporte alternativo (recogida por familiar o taxi), quedando inmovilizado el vehículo en lugar seguro y visible hasta que se garantice la seguridad del menor y se respete la ocupación autorizada.

El servicio finaliza tras garantizar que el vehículo circula con el número legal de ocupantes y el menor adecuadamente protegido, o bien tras su inmovilización definitiva a la espera de solución por parte del conductor.

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